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Miércoles :: 22 / 5 / 2013
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Diputación Provincial de Córdoba
Plaza de Colón
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14071
Córdoba
- ESPAÑA
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- infodipu@dipucordoba.es
Uno de los objetivos prioritarios de la Delegación de Igualdad y Mujer de la Diputación de Córdoba es la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Para ello, es imprescindible de la colaboración y participación de distintos actores, entre los que cabe mencionar la labor desarrollada por el tejido asociativo.
El instrumento para apoyar y fomentar el desarrollo de acciones realizadas por las asociaciones de mujeres de nuestra provincia, es la convocatoria anual de subvenciones a las asociaciones de mujeres que desarrollen proyectos, programas y actividades para la igualdad entre mujeres y hombre en la provincia de Córdoba.
Tipo: Ayudas
Lugar de disfrute: Europa - ESPAÑA - Córdoba
Características:
La subvención que se conceda no podrá superar la cantidad de 1000 ¤, ni el 75% del presupuesto total de la actividad. En ningún caso podrá ser de tal cuantía que, en concurrencia con otros ingresos, subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o de otras entidades públicas o privadas, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
El pago de la subvención se realizará previa justificación, por el beneficiario, de la realización de la actividad, proyecto, objeto o adopción del comportamiento para el que se concedió en los términos establecidos en la normativa reguladora de la subvención.
En la presente convocatoria se podrán realizar pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con carácter previo a la justificación y siempre que no se haya realizado ya la actividad, y como financiación necesaria para llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicho pago será del 25% de la subvención concedida y se abonará siempre que así se haga constar expresamente por el beneficiario en el documento de aceptación de la subvención concedida, que implicará la declaración por el beneficiario de que no se encuentra incurso en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 34.4 de la L.G.S. que inhabilitarán para ser beneficiario de pagos anticipados.
El 75% del pago restante exigirá previa justificación por el mismo de la realización de la totalidad de la actividad o proyecto objeto de la subvención.
Fuente y Fecha de convocatoria: Diputación Provincial de Córdoba - 25/07/2012
Podrán presentarse para su financiación aquellos proyectos realizados o por realizar durante el año 2012 que teniendo una proyección local, comarcal o provincial, tengan por objeto la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la provincia de Córdoba.
De acuerdo con lo anterior, con carácter general podrán subvencionarse las actividades y programas siguientes:
- Actividades que contribuyan a mejorar la formación y el empleo de las mujeres en el medio rural.
- Actividades que fomenten estilos de vida saludables, contribuyendo a una mejor calidad de vida de las mujeres.
- Actividades orientadas a la participación de las mujeres en la formación artística, cultural y educativa.
- Actividades orientadas a la ruptura de roles y estereotipos sexistas.
- Actividades de información y asesoramiento en materia de prevención y erradicación de la violencia de género.
- Actividades que incentiven la participación ciudadana de las mujeres a través de espacios abiertos al debate tendentes a conseguir la motivación de las mujeres en su proceso de participación, incrementar la autoestima y el enriquecimiento personal, así como su calidad de vida.
- Actividades que promuevan la sensibilización ciudadana en cuanto a la igualdad entre mujeres y hombres ,8 de marzo (Día Internacional de las Mujeres), 15 de octubre (Día Internacional de las Mujeres Rurales) y 25 de noviembre, (Día Internacional contra la violencia de género).
Actividades subvencionables:
- CURSOS.
- CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN Y SENSIBILIZACIÓN CIUDADANA: 8 de marzo (Día Internacional de las Mujeres), 15 de octubre (Día Internacional de las Mujeres Rurales) y 25 de noviembre, (Día Internacional contra la violencia de género).
- JORNADAS PARA LA PROMOCIÓN E IGUALDAD DE GÉNERO.
4.- ACTIVIDADES NO SUBVENCIONABLES.
Quedan expresamente excluidas:
a) Actividades que se hayan acogido a cualquier otra convocatoria anual de ayudas que se realice por esta Diputación de Córdoba y que vayan referidas a asociaciones y entidades.
b) Proyectos presentados por Entidades que tengan suscrito un Convenio con la Diputación.
c) Adquisición de equipamiento.
No estarán comprendidos entre los conceptos subvencionables:
a) Los gastos que respondan a actividades lucrativas.
b) Los gastos que estén destinados a la organización de actividades lúdicas y /o turísticas (transporte, comidas, alojamiento en viajes, entradas o tickests a museos, teatros o cualquier tipo de espectáculo)
c) Los relativos a material inventariable (equipos informáticos, mobiliario, etc.), incluidos los gastos de amortización de los mismos.
d) Los gastos corrientes de funcionamiento (teléfono, electricidad, alquiler de sede, etc.).
e) Los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas o penales y los gastos de procedimientos judiciales.
f) Los gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales, los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos.
BENEFICIARIOS:
Con independencia de los requisitos generales previstos en el punto anterior, únicamente podrán obtener la condición de beneficiarias en la presente convocatoria:
Las Federaciones, Asociaciones y colectivos de mujeres legalmente constituidas que cuenten entre sus fines estatutarios con la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y desarrollen proyectos, programas y actividades en la provincia de Córdoba, cuyo objeto sea el definido en la presente convocatoria.
Plazo: 31 de julio de 2012, 1:30 hs
Solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes es de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
Se prevén tres procedimientos de presentación:
Primero. - Las instancias se presentarán en el Registro General de la Diputación de Córdoba sita en Plaza Colón s/n de lunes a viernes en horario de 9’00 a 13´30 horas y los sábados de 10´00 a 13´30 horas, bien directamente o a través de los lugares previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que las solicitudes se presenten en una Oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que sean fechadas y selladas por el personal de Correos, antes de ser certificadas.
Segundo. - La presentación de documentos a través del Registro Electrónico de la Diputación tendrá carácter voluntario, siendo alternativa a la utilización de los lugares señalados en el referenciado artículo 38.4. En este sentido, el procedimiento de presentación será el siguiente:
Los interesados que dispongan de certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, podrán presentar su solicitud en el Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Córdoba, en los términos que expone el art. 7º del Reglamento del Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Córdoba.
- El acceso a la tramitación electrónica estará disponible desde la sede electrónica de la Diputación de Córdoba , y se realizarán a través del formulario electrónico habilitado al efecto, que contendrá la misma información que figurará en la solicitud y anexos de la convocatoria. El modelo será cumplimentado de acuerdo con las instrucciones y controles establecidos por la aplicación informática.
- Las solicitudes irán firmadas electrónicamente por el/la interesado/a, proporcionando el Registro electrónico documento de acuse de recibo de la transacción realizada en los términos que refleja el art. 6º del Reglamento citado.
- Con el fin de asegurar la identidad del peticionario, para acceder a la tramitación electrónica se requerirá estar en posesión del documento nacional de identidad electrónico (DNIe) o certificado digital reconocido de persona física, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 11 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. La información sobre los requisitos y medios para obtener el certificado digital de usuario así como los tipos de certificados admitidos por la Sede Electrónica de la Diputación figuran claramente en el apartado correspondiente de dicha Sede:
La limitación de tamaño para adjuntar documentación digitalizada es de 5 Mb. Toda la documentación deberá ir digitalizada en un solo documento PDF.
Tercero.- Los interesados que no dispongan de certificado de firma, deberán cumplimentar en todos sus apartados el modelo de solicitud que figura en la página web .
Una vez cumplimentado el modelo de solicitud y subidos los documentos que se le solicitan, deberán imprimir la solicitud rellena siguiendo las instrucciones que el propio formulario facilita y presentarlo en el registro correspondiente, conforme a lo dispuesto en el apartado primero de la presente base.
La limitación de tamaño para adjuntar documentación digitalizada es también de 5mb. En caso de necesitar asistencia técnica para la digitalización de estos documentos, puede acudir al Registro General de la Diputación, en la dirección y horarios señalados en el párrafo anterior, donde se les facilitará acceso a la herramienta para realizarlo.
No se admitirá ninguna solicitud con fecha posterior a la del plazo señalado en esta convocatoria.
DOCUMENTOS E INFORMACIONES QUE DEBEN ACOMPAÑARSE A LA SOLICITUD
Las solicitudes se presentarán en el modelo que figura como Anexo I, debiendo acompañarse inexcusablemente de Memoria explicativa del Proyecto y/o de la/s actividades para la/s que se solicita subvención, con una extensión máxima de 10 folios y que incluirá un presupuesto desglosado de gastos e ingresos previstos para la financiación de las actividades, no incluyendo en el mismo los gastos no subvencionables recogidos en el punto 4 (Anexo II).
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